jueves, 28 de junio de 2007

GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

● Alivian carga fiscal de sociedades respecto a sus empleados 03-2007

La AFIP exime a empleadores de la obligación de informar aquellos trabajadores que no presentaron la declaración jurada informativa de Bienes Personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) exime a los empleadores de identificar a los empleados obligados a presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales que no hayan cumplido con el fisco.

Hasta ahora las empresas debían identificar a los trabajadores obligados e informar a la AFIP los que incumplían con dicha exigencia. Desde este año, la AFIP libera a los empleadores de estas tareas.

Trabajadores dependientes

A su vez el organismo recuerda que sólo deberán presentar la declaración jurada mencionada los empleados con ingresos anuales mayores a $ 72.000.

Asimismo, se deja en claro que la información suministrada por el personal, relacionada con las deducciones del Impuesto a las Ganancias podrá ser sistematizada en cada empresa utilizando los procesos informáticos que habitualmente emplea.

Autónomos

A partir del 5 de marzo estará disponible en la página web de la AFIP el nuevo aplicativo unificado denominado "Ganancias y Bienes Personales – Versión 8.0" que permite confeccionar las declaraciones juradas de ambos impuestos mediante un único ingreso de datos.

El uso del nuevo software sólo será obligatoria para los trabajadores independientes que hayan tenido ingresos iguales o superiores a 1 millón de pesos durante todo el año 2006.

En el caso de no alcanzar el millón de pesos en concepto de ingresos, podrán utilizar la versión 8.0 de manera optativa.

Cabe recordar que para ambas situaciones se beneficiarán con la posibilidad de pagar el saldo de estos impuestos en tres cuotas sin intereses .


● AFIP ACERCA MAS DEFINICIONES SOBRE EL NUEVO APLICATIVO DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES


La AFIP, en su página web, publica mayores definiciones respecto del nuevo aplicativo que permitiría la presentación unificada de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes personales, anunciado días pasados por este medio y luego retirado sin explicaciones.

Sujetos que utilizarán esta versiónLa nueva versión "será utilizada para el cumplimiento de las presentaciones de estos impuestos para el periodo fiscal 2006, siendo de utilización obligatoria para los contribuyentes que superen determinado monto de ingresos (los que serán informados mediante resolución general), y opcional para el resto de los mismos", se explica. (Resaltado se agrega)

También se aclara que será obligatoria su utilización para el personal en relación de dependencia que superen determinado monto, a definir en por resolución general.

Breve descripción del aplicativo

El nuevo programa aplicativo comprende la liquidación y determinación del monto a pagar por ambos tributos.

Permite:

- Generar la Declaración Jurada Formulario 711 – Ganancias

- Generar la Declaración Jurada Formulario 762/A – Bienes Personales

Principales modificaciones

La estructura de navegación, permitirá incorporar tanto el detalle de los bienes situados en el País como en el Exterior en un solo proceso de carga, donde deberá informarse para cada bien:

- la valuación al inicio y al cierre del ejercicio para el impuesto a las Ganancias

- la valuación según el impuesto sobre los Bienes Personales.

Asimismo, se incorporan mayores niveles de apertura de la información, entre ellas la segregación de los Ingresos Gravados de cada categoría, en Gravados en IVA y no gravados o exentos en IVA y la identificación de deudores.

Proximamente más información

La AFIP anticipa que publicará en la página web mayor información adicional sobre la nueva aplicación, así como un instructivo completo sobre la forma de instalación y su utilización.

Fuente: Página Web AFIP-DGI - 22/02/2007


Dudas sobre aplicativo que unifica Ganancias y Bienes Personales

Desde el Estudio Harteneck-Quian&Asociados advierten complicaciones que pueden surgir con el software para declarar 2006, sobre todo con la carga inicial.

A partir de enero de 2007, la

AFIP pondrá a disposición de contadores y personas físicas el aplicativo con el que deberán presentar la declaraciones jurada unificada de Bienes Personales y Ganancias, lo que ya genera múltiples inquietudes y diversas posturas.

En este sentido, ya existen repercusiones sobre el nuevo programa de software aplicativo que deberá ser utilizado para la generación de la declaración jurada conjunta, que fueron emitidas no sólo por distintas organizaciones que nuclean a los profesionales de las Ciencias Económicas, sino también por profesionales a título personal.

Puntos de vista
El organismo máximo a nivel nacional, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), entiende que “el nivel de detalle de la información a brindar se debe considerar atentamente al factor oportunidad que refiere al momento en que debe lanzarse el nuevo aplicativo, así como también al factor de las herramientas a brindar a los contribuyentes y profesionales asesores, a través de las cuales se facilite la carga de los datos requeridos”.

Asimismo, la Facpce entiende como necesario que el nuevo aplicativo debe contar con las siguientes herramientas básicas:

La posibilidad de transferir los datos provenientes del aplicativo actualmente vigente, "Bienes Personales versión 6.0, Release 2".

La posibilidad de importar datos en rubros de carga atomizada.

Que permita admitir la carga global del patrimonio al inicio en relación a la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2006, toda vez que la gran mayoría de los profesionales y contribuyentes no contarán con el nivel de detalle actualmente requerido en relación al patrimonio declarado al cierre del período fiscal 2005.

Por su parte, el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán, también consultado por el Organismo Recaudador, ya considera que: “ No resulta razonable solicitar todos los datos de apertura de información para el comparativo del ejercicio 2005, ya que los mismos no han sido oportunamente relevados y puede ser muy dificultosa la búsqueda, sobre todo en los casos de pequeños contribuyentes que no tienen la información debidamente sistematizada”.

“En principio sería mucho más coherente trabajar de cara al ejercicio 2007, puesto que iniciaríamos el mismo recolectando la información con la debida antelación y programando adecuadamente las tareas a desempeñar para llegar al fin del ejercicio con los datos correctamente evaluados”, aseguraron desde el organismo.

Así, agregaron que “sería sumamente importante que tal como se hizo en el caso de Sociedades, la obligatoriedad de desagregación de datos se haga para contribuyentes con ingresos superiores a un monto determinado, lo que fácilmente podría instrumentarse mediante una marca ó tilde que habilite las aperturas cuando los ingresos declarados superen dicha cifra”.

Teresa Gómez

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

· ¿Cómo y cuándo se informan las retenciones de impuesto a las ganancias efectuadas a un empleado? ¿Con qué aplicativo se genera el formulario de declaración jurada? ¿Las retenciones se ingresan vía internet?

La declaración jurada informativa de las retenciones practicadas a los empleados en relación de dependencia se genera mediante el aplicativo SI.CO.RE.. La fecha de vencimiento para la presentación opera el día 10, 11 o 12 de cada mes, según la terminación del C.U.I:T..

Si el contribuyente es un gran contribuyente está obligado al pago de sus obligaciones mediante transferencia electrónica de fondos (a cuyo efecto deberá general el V.E.P.). Caso contrario, puede ingresar las retenciones a través del Banco o vía V.E.P..

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