Un contribuyente extravió las hojas móviles del libro de sueldos correspondientes a varios meses del año 2006, ¿cómo se procede? ¿Se debe hacer una denuncia policial por extravío? ¿Deben transcribirse en los folios disponibles los períodos extraviados, o es suficiente tener la denuncia policial y los recibos de sueldos por cualquier inspección o reclamo?
Ante el extravío de las hojas móviles del libro de sueldos corresponde realizar la denuncia ante la autoridad administrativa.
En Ciudad Autónoma de Buenos Aires los requisitos son los siguientes:
A) Nota firmada por el empleador con firma certificada por escribano público, poder judicial, policía o banco, informando del extravío del libro y acompañando la siguiente información:
Denuncia policial.
Nómina de todo el personal incluido en el libro extraviado con nombre y apellido, número de documento, fecha de ingreso y firma de empleado (en caso de egreso reemplazar la firma por esa fecha). Este listado debe ser firmado por un contador público y la firma certificada por el consejo profesional.
Fotocopia autenticada de los 5 últimos formularios Nº 931 presentados ante la A.F.I.P.
En caso de sociedades regulares se debe adjuntar fotocopia del contrato social o estatuto autenticada, o el original y copia simple
B) Fotocopia del C.U.I.T.
C) Tomo y datos del libro extraviado.
D) Fotocopia del formulario anterior al extraviado.
En caso de pertenecer el contribuyente a otra jurisdicción es conveniente consultar los requisitos a cumplimentar en el Ministerio de Trabajo.
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