miércoles, 19 de septiembre de 2007

Resolución General (AFIP) N° 2.301/2007 - Impuesto a las Ganancias

Resolución General (AFIP) N° 2.301/2007 - Impuesto a las Ganancias - Rentas de la cuarta categoría. Adecuación del importe que se estima razonable como reembolso de gastos efectuados en concepto de viáticos y gastos de movilidad, por las comisiones de servicio, para los sujetos que desempeñan una función pública.

Se modifica la R.G. (DGI) N° 4269 y sus modificatorias, incrementando de $ 200 a $ 300 el importe que se estima razonable como reembolso de gastos efectuados en concepto de viáticos y gastos de movilidad, por las comisiones de servicio, para los sujetos que desempeñan una función pública o que tengan una relación de empleo público, cuando deban cumplir con las tareas en lugares distantes de aquél donde las desarrollan habitualmente.

Las disposiciones de la presente resolución general tendrán vigencia a partir del 1 de agosto de 2007, inclusive.

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